Seguros de Muerte Accidental y Desmembramiento

 

Pagará por pérdidas como consecuencia directa del accidente​.

O si lo prefieres llámanos al

Incapacidad física

Ofrece a los asegurados la cobertura opcional de Incapacidad Física Total.
MAPFRE LIFE, para cualquier duda o consulta relacionada con la póliza, pone a disposición de los usuarios su servicio de atención al cliente telefónico Centro de Contacto MAPFRE, disponible las 24 horas, así como a través de sus agentes especializados o en cualquiera de las oficinas distribuidas por la Isla de Puerto Rico.
La información incluida en las condiciones generales y particulares describe cuáles son las cubiertas de las que los asegurados pueden beneficiarse, los límites y restricciones establecidas por la Compañía y los beneficios y ventajas de sus cubiertas y servicios de MAPFRE LIFE.

El seguro de Muerte Accidental y Desmembramiento de MAPFRE cubre las pérdidas económicas a consecuencia del accidente. En estos casos, la póliza provee de un capital, pactado previamente entre la Compañía y el asegurado, si éste fallece como consecuencia de un accidente o sufre la pérdida de alguno de sus miembros principales (manos, brazos, pies, piernas o visión).

En el caso de desmembramiento, el asegurado recibe el 50% de la cantidad pactada, que aumentará hasta el 100% de la misma en caso de que pierda dos miembros principales. Además, la póliza incluye una cobertura de hospitalización por accidente y la cobertura adicional de Incapacidad Física Total.

Las condiciones generales de la póliza incluye información sobre los límites disponibles: desde $10,000 hasta $100,000 en caso de fallecimiento accidental y desmembramiento del asegurado

Los seguros de vida e incapacidad de MAPFRE cuentan con requisitos y restricciones que los usuarios interesados en acceder a sus cubiertas y beneficios deben conocer.
El seguro de Muerte Accidental y Desmembramiento incluye, entre otros, los siguientes requisitos y restricciones:
  • En caso de fallecimiento o desmembramiento, la muerte o pérdida debe estar dentro de los noventa días inmediatamente siguientes a la fecha del accidente y mientras la póliza esté en vigor.
  • MAPFRE no se hace cargo de los límites que excedan los límites establecidos en las condiciones generales y particulares de las cubiertas.
  • La póliza no cubre pérdidas causadas por o como resultado de:
    • Suicidio o intento de suicidio o heridas infligidas por el propio asegurado o por algún miembro elegible de su familia.
    • Guerra o acto de guerra declarada o no declarada.
    • Heridas recibidas mientras el asegurado sea miembro de las fuerzas armadas de cualquier país o autoridad internacional.
    • Heridas recibidas por el asegurado mientras participe en cualquier torneo de aviación o de velocidad.
    • Heridas recibidas mientras al asegurado sea piloto o parte de la tripulación de una nave aérea.
    • Por enfermedad o tratamiento médico por una enfermedad.
    • Envenenamiento.
    • Inhalación de gases o vapores.
    • Heridas recibidas por el asegurado mientras esté cometiendo un asalto o esté participando en un acto criminal o como consecuencia de éstos.
    • Heridas recibidas por el asegurado mientras se encuentre bajo los efectos de bebidas alcohólicas o embriagantes, uso de drogas, narcóticos o alucinógenos, excepto aquellos que se tomen por prescripción médica.
    • MAPFRE LIFE no se hace responsable de los daños no incluidos en el acuerdo establecido con la Compañía.
  • Los límites disponibles están desde $10,000 hasta $100,000.
MAPFRE LIFE recomienda a los usuarios estudiar detenidamente cuáles son las cubiertas y servicios en los que estén interesados para conocer a qué beneficios pueden acceder en caso de siniestro.

Las recomendaciones de uso antes de contratar el seguro de Muerte Accidental y Desmembramiento:

  • La Compañía aconseja a los usuarios que presten especial atención a las condiciones generales de la póliza antes de dar de alta el servicio con MAPFRE LIFE.

Recomendaciones de uso para obtener el máximo beneficio de la póliza:

  • Se deberá dar aviso por escrito de la reclamación a la Compañía dentro de los veinte días después de haber ocurrido o comenzado alguna pérdida cubierta por la póliza.
  • En caso de reclamación por pérdida, el asegurado debe suministrar a la Compañía una prueba por escrito a la Compañía dentro de noventa días después de la terminación del período por el cual la Compañía es responsable.
  • Las indemnizaciones para la cual esta póliza provee algún pago periódico, se pagarán inmediatamente después de que se reciba una prueba por escrito de dicha pérdida.
  • Los cambios realizados en la póliza no son válidos hasta que sean aprobados por un funcionario ejecutivo de la Compañía y siempre y cuando la aprobación sea endosada a la misma.
  • Las personas interesadas en conocer más sobre el seguro de Muerte Accidental y Desmembramiento pueden hacerlo vía telefónica, a través de Centro de Contacto MAPFRE o en cualquiera de las oficinas de la Compañía.

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